Formas de pago

Podrás pagar la ART, los aportes y las contribuciones del Personal de Casas Particulares por alguna de las siguientes formas:

1. Débito automático en cuenta bancaria

Con un solo trámite, el pago se hará todos los meses de manera automática.

Evitás olvidos, cumplís en tiempo y forma, y garantizás la cobertura de seguridad social durante toda la relación laboral.

Te adherís desde el “Registro de Casas Particulares” con tu CUIT/CUIL y clave fiscal, con nivel de seguridad 3 o superior.

Recordá que la cuenta bancaria que uses para el débito debe ser de titularidad del empleador.

2. Débito automático en tarjeta de crédito

Para adherir al débito con tarjeta de crédito, debés comunicarte con la administradora de tu tarjeta.

Actualmente podés hacerlo mediante la Administradora CABAL, luego se irán incorporando otras tarjetas.

3. A través de un VEP

Primero deberás generar el VEP desde el sitio web de ARCA y luego pagarlo a través de las entidades habilitadas. Te detallamos a continuación las opciones disponibles:

  • En el sitio web de ARCA, desde el servicio con clave fiscal “Presentación de DDJJ y Pagos”.

    Allí deberás generar el volante electrónico de pago (VEP), donde se especificará la obligación a cancelar y los datos correspondientes a CUIT, período, impuesto, concepto, subconcepto e importe.

    Luego, podrás pagarlo a través de: Red Banelco (Pago Mis Cuentas), InterBanking, XN Group Latam, homebanking o por alguna de las billeteras virtuales habilitadas.

    Homebanking. Para utilizar este servicio, previamente -y solo la primera vez- deberás concurrir con tu tarjeta de débito a cajeros automáticos que sean de la misma red que la tarjeta para obtener la clave de acceso. Obtenida la clave podrás realizar el pago del VEP. Una vez generado el VEP, su disponibilidad en el homebanking es inmediata.

    Pago Mis Cuentas. Red Banelco. Para utilizar este servicio, deberás seleccionar la opción "Otras Operaciones", a fin de obtener la clave de acceso. Luego podrás realizar los pagos ingresando a la página www.pagomiscuentas.com También podrás ingresar por el sitio web de tu entidad bancaria, accediendo desde la opción "Pago Mis Cuentas".

    Pago mis cuentas – Red Banelco

    Billeteras Virtuales. Para utilizar este servicio, seleccioná la opción para pago de Impuestos “ARCA”, disponible según el formato de cada plataforma. Para poder abonar el VEP ya generado (independientemente del sitio de pago elegido en el momento de la generación), la billetera te solicitará los siguientes datos:

    • Número de VEP.
    • CUIT contribuyente.

    Nota: próximamente se irán incorporando nuevas billeteras.

  • En el sitio web de ARCA, desde el “Registro de Casas Particulares”.

    Pago electrónico

    Desde aquí, podrás optar por alguno de los siguientes pagos electrónicos:

    • Pago con QR

      El sistema te mostrará el código QR para el pago. Deberás descargarte y registrarte en alguna de las billeteras habilitadas para realizar el pago. Luego, deberás escanear el código QR y confirmar el pago. Es importante que la lectura del QR se realice desde la APP de la billetera virtual y no desde la cámara de fotos del celular.

      Ver guía paso a paso sobre cómo pagar un VEP con QR a través de E-Pagos, Mercado Pago o Cuenta DNI.

    • Pago con tarjeta de crédito Visa

      Completando los datos de la tarjeta que te solicitará la página. Tené en cuenta que el plazo de acreditación del pago con tarjeta de crédito es de 10 días hábiles.

      Logo Visa
    • Pago con VEP

      Seleccionando alguna de las siguientes entidades de pago: PAGAR (Red Link), Interbanking y XN Group Latin América. En estos casos, deberás luego acceder a los distintos portales para abonar desde allí el VEP generado.

      Interbanking
      Pagar
      Pago mis cuentas – Red Banelco
      Interbanking
    • Pago manual

      El “Registro de Casas Particulares” te brindará también la opción de efectuar el pago manual, descargando el formulario correspondiente, que el sistema brindará autocompletado. Luego, el formulario deberás abonarlo a través de alguna de las entidades habilitadas, como Pago Fácil y Rapipago.

      Banelco
      Link
    • Desde tu homebanking sin clave fiscal, accediendo al servicio “Presentación DDJJ y Pagos”.

      Podés ingresar y autenticarte en el sitio web de la entidad bancaria para luego ser redirigido al sitio web de ARCA. A través de esta modalidad, se permite acceder al servicio “Presentación DDJJ y Pagos” para generar un VEP sin necesidad de tener una clave fiscal.

      Lo primero que deberás hacer es ingresar a la plataforma de tu banco y buscar la opción “Servicios ARCA”, el banco validará tu identidad y permitirá que ingreses al sitio web de ARCA a generar el VEP. Una vez generado el VEP, para poder realizar el pago, deberás ingresar nuevamente a tu homebanking y cancelar la obligación.

      A través de esta modalidad podés generar y pagar VEP propios o de terceros, así como también abonar aquellos que otra persona haya generado con tus obligaciones.

4. Billeteras Virtuales

A través de estas plataformas, los empleadores de casas particulares podrán abonar los aportes, contribuciones y ART del personal doméstico contratado, en base a los denominados “facturables”. Esta opción permite el pago de la obligación del mes en curso (es decir, no incluye intereses ni deuda acumulada), sin la necesidad de generar previamente un VEP.

Para utilizar este servicio, deberás ingresar el dato del CUIT/CUIL del empleador y podrás pagar la obligación de la CUIL del trabajador que selecciones.

Las billeteras habilitadas son E-pagos y Mercado Pago.

5. Cajeros Automáticos

Se permite únicamente el pago de la obligación del mes en curso (es decir, no incluye intereses ni deuda acumulada), sin la necesidad de generar previamente un VEP, en base a los denominados “facturables”. Ingresando el dato del CUIT/CUIL del empleador, podrás pagar la obligación de la CUIL del trabajador que selecciones.

6. Pago manual a través de los formularios correspondientes

Podés completar los formularios que necesites según el caso, y pagarlos en las entidades habilitadas. Te recordamos a continuación cuáles son los formularios y para qué se utilizan en cada caso:

  • Formulario N° 102/RT: Pago de aportes, contribuciones y cuota de riesgos de trabajo para el personal de casas particulares.
  • Formulario N° 575/RT: Pago de aportes voluntarios para el régimen jubilatorio, importes para acceder a un futuro beneficio previsional, aporte adicional cobertura de Obra Social.
  • Formulario N° 102/B: Pago de aportes y contribuciones para el personal de casas particulares correspondiente al período comprendido entre 04/2000 y 09/2014.
  • Formulario N° 575/B: Pago de aportes voluntarios para el régimen jubilatorio, importes para acceder a un futuro beneficio previsional, aporte adicional cobertura de Obra Social correspondiente al período comprendido entre 04/2000 y 09/2014.

Para que tengas en cuenta

Te recordamos que a través del Registro de Casas Particulares y desde el Servicio “Presentación de DDJJ y Pagos” podés generar VEPs, los cuales te permiten el pago de la obligación mensual y también de la deuda acumulada e intereses.

Por otro lado, las opciones que permiten pagos de “facturables” solo habilitan el pago de la obligación mensual a abonar, sin contemplar deuda acumulada ni intereses.

Formas de pago anteriores

Accedé a las formas de pago habilitadas en períodos anteriores, seleccionando el que corresponda según tu necesidad: