¿Cuáles son los comprobantes que respaldan una operación?
Los comprobantes van a depender del tipo de operación que se realice, pudiendo ser:
- Facturas, tiques y tiques factura
- Facturas de exportación
- Comprobantes de compra de bienes usados a consumidores finales, emitido por el comprador de los bienes
- Recibos emitidos por profesionales universitarios y demás prestadores de servicios
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Notas de débito y/o crédito y tiques notas de débito y/o crédito.
Sólo quienes emitieron los comprobantes por las operaciones originarias podrán emitir las notas de crédito y/o débito en concepto de descuentos, bonificaciones, quitas, devoluciones, rescisiones, intereses, etc., siempre que se encuentren relacionadas a una o más facturas o documentos equivalentes emitidos previamente, y deberán cumplir con los requisitos y las formalidades exigidos para los comprobantes emitidos por las operaciones originarias
- Documentos equivalentes a los indicados precedentemente: instrumentos que, de acuerdo con los usos y costumbres sustituya el empleo de la factura o remito, siempre que individualice correctamente la operación, cumpla con los requisitos establecidos, para cada caso y se utilice habitualmente en la actividad del sujeto emisor
- En operaciones de pasaje de productos agropecuarios:
- Tickes de balanza
- Documento equivalente
¿Qué datos deben contener los comprobantes?
Los comprobantes deberán contener los datos establecidos en el Anexo II de la Resolución General N° 1415/2003.
Cuando se trate de un sujeto receptor que revista el carácter de consumidor final en el impuesto al valor agregado:
- Leyenda “A CONSUMIDOR FINAL”.
- Si el importe de la operación es igual o superior a $10.000.000
- CUIT, CUIL o CDI o, en su caso, DNI. En el supuesto de extranjeros, documento o cédula de identidad del país de origen o pasaporte.
Los datos de apellido, nombre y domicilio del comprador, locatario o prestatario podrán informarse, o completarse con las letras “NR” de “No Requerido” o con ceros, cuando el sistema de facturación o controlador fiscal lo requiera.
¿Cuáles son los comprobantes no válidos?
- Los documentos no fiscales emitidos mediante controladores fiscales homologados.
- Remitos, guías o documentos equivalentes.
- Notas de pedidos, órdenes de trabajo, presupuestos y/o documentos de análogas características.
- Recibos, comprobantes que respalda el pago, total o parcial, de una operación que debe ser documentada mediante la emisión de facturas.