Monto a abonar

¿Cuánto vas a pagar?

Por cada envío pagás dos cosas: los impuestos que correspondan y la tasa de servicio y almacenaje del Correo Oficial.

La franquicia: hasta USD 400 y 5 envíos

Hasta USD 400 por envío no pagás derecho de importación ni tasa de estadística. El IVA y los impuestos internos, sí corresponden, se pagan igual. El beneficio vale para 5 envíos por año calendario.

La franquicia es tuya, no del envío

El cupo de 5 envíos se cuenta por persona destinataria. Podés ver cuántos te quedan en el servicio Envíos Postales Internacionales.

Si tu envío vale más de USD 400

Pagás sobre el excedente los impuestos de los que la franquicia te libera.

Si ya usaste tus 5 envíos del año

A partir de ahí no tenés franquicia: pagás los impuestos que gravan la importación como en el régimen general, más las percepciones que correspondan según las normas vigentes al momento de registrar la operación.

Si el Correo Oficial liquidó de más o de menos

Distinto del caso anterior: si al liquidar el envío el Correo Oficial cobró un importe que no corresponde, es el Correo Oficial quien gestiona el pago de la diferencia o su devolución, sin que tengas que iniciar un trámite.

La tasa del Correo Oficial

Se paga siempre, tengas franquicia o no.

Casos especiales

Los libros, impresos y documentos seleccionados por el servicio aduanero, serán librados bajo el servicio puerta a puerta sin la exigencia de confeccionar la “Declaración Simplificada de Envíos Postales Internacionales” ni pago de tributos.

Los envíos con destino Tierra del Fuego también están exentos de tributos.