Requisitos

Pueden adherir las personas humanas y las sucesiones indivisas residentes en el país durante todo el período fiscal por el cual se presente la declaración jurada simplificada. Este requisito no aplica para los sujetos que ejerzan la opción de adhesión por el período fiscal 2025.

Para adherir es necesario que se cumplan los siguientes recaudos:

  • No poseer la CUIT con estado administrativo limitado por registrar una solicitud de CUIT digital observada o por tratarse de sujetos incluidos en el artículo 3º de la Resolución General N° 3832/2016.
  • Registrar el alta en el impuesto a las ganancias (en caso de no estar dado de alta, al adherir al Régimen el sistema permitirá que el sujeto lo gestione simplemente confirmando la solicitud de inscripción).